Los Referenciales de Servicios nacen de la Ley 48/2003 para incidir sobre la mejora y eficiencia de los procesos y como elemento objetivador de bonificaciones en las tasas portuarias ligadas a un incremento de la calidad en la prestación de los servicios. Con el Real Decreto Legislativo 2/2011 se avanza en la materia, cambiando y ampliando la regulación pero manteniendo el mismo enfoque.

Los Referenciales de Servicio deben establecer el nivel de servicio que puede esperar el cliente (características de calidad de servicio) y los aspectos que deben comprobarse a efectos de poder asegurar el cumplimiento de las características. La certificación tiene por objeto la calidad del servicio prestado, basada en las características de servicio establecidas específicamente para cada uno de los servicios, con lo que la entidad de certificación, para conceder la certificación o la marca correspondiente, comprobará que los servicios son conformes a las características establecidas en el Referencial.

Cabe destacar también en este apartado la implantación y certificación en 2004 del Referencial de Servicio del Tráfico de Vehículos Nuevos del Puerto de Valencia y en 2008 del Puerto de Sagunto, que asegura la calidad del servicio prestado al tráfico de vehículos nuevos por aquellas organizaciones que forman parte de este Sistema de Calidad.