| Toda aquella empresa que posea la pertinente autorización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria pueden utilizar el sistema de facturación telemática.  Requisitos El único requisito inicial consiste en Solicitud de Factura Telemática a la Autoridad Portuaria de Valencia. A partir de entonces, la APV le asesora sin coste alguno en: - Gestión del proceso administrativo hasta la obtención necesaria de la autorización como usuarios del sistema. - Instalación y puesta en marcha del sistema de facturación telemática, tanto en un entorno de pruebas inicial, como en su implantación definitiva. - Resolución de cualquier tipo de incidencia. Pasos a seguir Tras la autorización por parte de la Autoridad Portuaria de Valencia, y hasta la obtención de la necesaria para el funcionamiento en real, se inician dos procesos: - Instalación de la aplicación en pruebas. - Gestión administrativa para obtener la autorización de la Agencia Tributaria Proceso de Gestión Administrativa  Para cualquier duda se puede poner en contacto con nosotros en fratelematica@valenciaport.com Documentos Relacionados - Orden Ministerial de 22 de marzo de 1996, modificada por la Orden de 5 de diciembre de 2002. - Guía de procedimientos. - Estatutos que regulan las relaciones entre los usuarios del sistema. - Manual de la aplicación. - Factura Telemática. - Solicitud de Factura Telemática. - Contrato con Portel, Servicios Telemáticos, S.A. - Acuerdo de adhesión al Sistema de Facturación Portuaria por Medios Telemáticos (EPPE). - Acuerdo de adhesión (APV). - Solicitud de autorización como usuario AEAT. |